Nueva moratoria previsional:
DOCUMENTACIÓN:
Tanto para los casos de Argentinos como para los extranjeros, es necesario contar con el DNI
Los clientes que efectuaron aportes bajo relacion de dependencia, deberan tener certificaciones de servicios de los empleadores, como asimismo, todo tipo de documentacion laboral que acredite haber trabajado en dichas empresas, por ejemplo, recibos de haberes, certificados de trabajo, constancias de afiliacion a las Cajas de jubilaciones que correspondan
En caso que fueran clientes que efectuaron aportes como autonomo monotributista, deberan acompañar la clave fiscal.
Para iniciar este trámite, es necesario saber:
1) fecha de nacimiento
2) tipos de aportes (aportes como trabajador autonomo o bajo relacion de dependencia)
3) En caso que los aportes sean o hayan sido bajo relación de dependencia, es necesario saber si tienen certificaciones de servicios y en que periodos trabajo en cada empresa. No obstante ello, es util saber si tienen la Clave de Seguridad Social ya que accediendo al portal del Anses (Mi Anses), se pueden ver los aportes que surgen del sistema de anses. Es importante saber si los servicios fueron efectuados bajo tareas de insalubridad.
En caso que tenga tambien o solamente aportes de autonomos, es necesario contar con la clave fiscal.
Una vez determinados los años de aportes, es posible saber cuantos años se necesitan incorporar en la moratoria y saber cual puede ser el valor de la cuota mensual.
La nueva moratoria, segun ley 27.705, tiene un plazo maximo de 120 meses y con ella es posible “comprar” años de aportes desde que le cliente cumplio 18 años, hasta 31/12/2008.
Efectuado el analisis de aportes y determinacion de los años de aportes faltantes, es necesario solicitar un turno en la pagina web de Anses, a fin de iniciar el expediente administrativo.
Es necesario superar una evaluacion patrimonial y socioeconomica que efectua la Anses de acuerdo a los Ingresos brutos anuales, Manifestacion patrimonial y gastos/consumos, a fin de acceder al plan de pago en cuotas. En caso contario, el cliente debera abonar en un solo pago.
4) Es necesario saber si el cliente percibe alguna prestacion previsional contributiva o no contributiva, incluyendo retiros y planes sociales. En caso que perciba una prestacion contributiva, es necesario saber el importe de dicha prestacion.
Jubilaciones:
DOCUMENTACIÓN:
Tanto para los casos de Argentinos como para los extranjeros, es necesario contar con el DNI
Los clientes que efectuaron aportes bajo relacion de dependencia, deberan tener certificaciones de servicios de los empleadores, como asimismo, todo tipo de documentacion laboral que acredite haber trabajado en dichas empresas, por ejemplo, recibos de haberes, certificados de trabajo, constancias de afiliacion a las Cajas de jubilaciones que correspondan
En caso que fueran clientes que efectuaron aportes como autonomo monotributista, deberan acompañar la clave fiscal.
Para iniciar este tramite, es necesario saber:
1) fecha de nacimiento
2) tipos de aportes (aportes como trabajador autonomo o bajo relacion de dependencia)
3) En caso que los aportes sean o hayan sido bajo relación de dependencia, es necesario saber si tienen certificaciones de servicios y en que periodos trabajo en cada empresa. No obstante ello, es util saber si tienen la Clave de Seguridad Social ya que accediendo al portal del Anses (Mi Anses), se pueden ver los aportes que surgen del sistema de anses. Es importante saber si los servicios fueron efectuados bajo tareas de insalubridad.
En caso que tenga tambien o solamente aportes de autonomos, es necesario contar con la clave fiscal.
Una vez determinados los años de aportes, si alcanza los 30 años de aportes necesarios y cumple con la edad requerida (60 años las mujeres y 65 años el hombre), estariamos en condiciones de solicitar el beneficio de jubilacion ante la Anses.
En caso que falten años de aportes, pasamos a los requisitos indicados para los casos de Nueva moratoria Previsional o bien podemos “comprar” años de aportes a través de la moratoria de la ley 24.476, que es una moratoria mas reducida en el tiempo,, donde el cliente puede “comprar” años de aportes desde que el cliente cumplio 18 años hasta 09/1993. Esta moratoria, es muy conveniente en lo economico y muchísimo mas barata que la moratoria actual, con lo cual, si se puede, es bueno utilizarla. Tiene un plazo maximo de 60 meses.
Efectuado el analisis de aportes y determinacion de los años de aportes faltantes, es necesario solicitar un turno en la pagina web de Anses, a fin de iniciar el expediente administrativo.
Es necesario superar una evaluacion patrimonial y socioeconomica que efectua la Anses de acuerdo a los Ingresos brutos anuales, Manifestacion patrimonial y gastos/consumos, a fin de acceder al plan de pago en cuotas. En caso contario, el cliente debera abonar en un solo pago.
4) Es necesario saber si el cliente percibe alguna prestacion previsional contributiva o no contributiva, incluyendo retiros y planes sociales. En caso que perciba una prestacion contributiva, es necesario saber el importe de dicha prestacion.
Jubilaciones sin aportes:
DOCUMENTACIÓN:
Tanto para los casos de Argentinos como para los extranjeros, es necesario contar con el DNI
Para iniciar este tramite, es necesario saber:
1) fecha de nacimiento
2) La nueva moratoria, segun ley 27.705, tiene un plazo maximo de 120 meses y con ella es posible “comprar” años de aportes desde que le cliente cumplio 18 años, hasta 31/12/2008.
La nueva moratoria, segun ley tiene un plazo maximo de 120 meses y con ella es posible “comprar” años de aportes desde que le cliente cumplio 18 años, hasta 31/12/2008.
Es necesario superar una evaluacion patrimonial y socioeconomica que efectua la Anses de acuerdo a los Ingresos brutos anuales, Manifestacion patrimonial y gastos/consumos, a fin de acceder al plan de pago en cuotas. En caso contario, el cliente debera abonar en un solo pago.
Efectuado el analisis de aportes y determinacion de los años de aportes faltantes, es necesario solicitar un turno en la pagina web de Anses, a fin de iniciar el expediente administrativo.
3) Es necesario saber si el cliente percibe alguna prestacion previsional contributiva o no contributiva, incluyendo retiros y planes sociales. En caso que perciba una prestacion contributiva, es necesario saber el importe de dicha prestacion.
Jubilaciones para mujeres con reconocimiento de tareas de cuidado:
DOCUMENTACIÓN:
Tanto para los casos de Argentinos como para los extranjeros, es necesario contar con el DNI
Partida de Nacimiento de los hijos.
Los clientes que efectuaron aportes bajo relacion de dependencia, deberan tener certificaciones de servicios de los empleadores, como asimismo, todo tipo de documentacion laboral que acredite haber trabajado en dichas empresas, por ejemplo, recibos de haberes, certificados de trabajo, constancias de afiliacion a las Cajas de jubilaciones que correspondan
En caso que fueran clientes que efectuaron aportes como autonomo monotributista, deberan acompañar la clave fiscal.
Para iniciar este tramite, es necesario saber:
1) fecha de nacimiento
2) Partidas de Nacimiento de los hijos.
3) Tipos de aportes (aportes como trabajador autonomo o bajo relacion de dependencia)
3) En caso que los aportes sean o hayan sido bajo relación de dependencia, es necesario saber si tienen certificaciones de servicios y en que periodos trabajo en cada empresa. No obstante ello, es util saber si tienen la Clave de Seguridad Social ya que accediendo al portal del Anses (Mi Anses), se pueden ver los aportes que surgen del sistema de anses. Es importante saber si los servicios fueron efectuados bajo tareas de insalubridad.
En caso que tenga tambien o solamente aportes de autonomos, es necesario contar con la clave fiscal.
Una vez determinados los años de aportes, si alcanza los 30 años de aportes necesarios y cumple con la edad requerida (60 años las mujeres y 65 años el hombre), estariamos en condiciones de solicitar el beneficio de jubilacion ante la Anses.
En caso que falten años de aportes, pasamos a los requisitos indicados para los casos de Nueva moratoria Previsional o bien podemos “comprar” años de aportes a través de la moratoria de la ley 24.476, que es una moratoria mas reducida en el tiempo,, donde el cliente puede “comprar” años de aportes desde que el cliente cumplio 18 años hasta 09/1993. Esta moratoria, es muy conveniente en lo economico y muchísimo mas barata que la moratoria actual, con lo cual, si se puede, es bueno utilizarla. Tiene un plazo maximo de 60 meses.
Efectuado el analisis de aportes y determinacion de los años de aportes faltantes, es necesario solicitar un turno en la pagina web de Anses, a fin de iniciar el expediente administrativo.
Es necesario superar una evaluacion patrimonial y socioeconomica que efectua la Anses de acuerdo a los Ingresos brutos anuales, Manifestacion patrimonial y gastos/consumos, a fin de acceder al plan de pago en cuotas. En caso contario, el cliente debera abonar en un solo pago.
4) Es necesario saber si el cliente percibe alguna prestacion previsional contributiva o no contributiva, incluyendo retiros y planes sociales. En caso que perciba una prestacion contributiva, es necesario saber el importe de dicha prestacion.
Jubilación anticipada:
DOCUMENTACIÓN:
Tanto para los casos de Argentinos como para los extranjeros, es necesario contar con el DNI
Los clientes que efectuaron aportes bajo relacion de dependencia, deberan tener certificaciones de servicios de los empleadores, como asimismo, todo tipo de documentacion laboral que acredite haber trabajado en dichas empresas, por ejemplo, recibos de haberes, certificados de trabajo, constancias de afiliacion a las Cajas de jubilaciones que correspondan
En caso que fueran clientes que efectuaron aportes como autonomo monotributista, deberan acompañar la clave fiscal.
Para iniciar este tramite, es necesario saber:
1) fecha de nacimiento
2) tipos de aportes (aportes como trabajador autonomo o bajo relacion de dependencia)
3) En caso que los aportes sean o hayan sido bajo relación de dependencia, es necesario saber si tienen certificaciones de servicios y en que periodos trabajo en cada empresa. No obstante ello, es util saber si tienen la Clave de Seguridad Social ya que accediendo al portal del Anses (Mi Anses), se pueden ver los aportes que surgen del sistema de anses. Es importante saber si los servicios fueron efectuados bajo tareas de insalubridad.
En caso que tenga tambien o solamente aportes de autonomos, es necesario contar con la clave fiscal.
Una vez determinados los años de aportes, si alcanza los 30 años de aportes necesarios y cumple con la edad requerida (60 años las mujeres y 65 años el hombre), estariamos en condiciones de solicitar el beneficio de jubilacion ante la Anses, solicitando un turno en la pagina web de Anses, a fin de iniciar el expediente administrativo.
Puam:
DOCUMENTACIÓN:
Tanto para los casos de Argentinos como para los extranjeros, es necesario contar con el DNI
Para iniciar este tramite, es necesario saber:
1) fecha de nacimiento
2) Una vez determinado si el cliente reune la totalidad de los requisitos necesarios, ya sea años de edad, como asimismo, incompatibilidades con esta prestacion (cobro de algun beneficio previsional de algun organismo nacional o provincial o municipal), es necesario solicitar un turno en la pagina web de Anses, a fin de iniciar el expediente administrativo.
Es necesario superar una evaluacion patrimonial y socioeconomica que efectua la Anses de acuerdo a los Ingresos brutos anuales, Manifestacion patrimonial y gastos/consumos
Jubilaciones por edad avanzada:
DOCUMENTACIÓN:
Tanto para los casos de Argentinos como para los extranjeros, es necesario contar con el DNI
Los clientes que efectuaron aportes bajo relacion de dependencia, deberan tener certificaciones de servicios de los empleadores, como asimismo, todo tipo de documentacion laboral que acredite haber trabajado en dichas empresas, por ejemplo, recibos de haberes, certificados de trabajo, constancias de afiliacion a las Cajas de jubilaciones que correspondan
En caso que fueran clientes que efectuaron aportes como autonomo monotributista, deberan acompañar la clave fiscal.
Para iniciar este tramite, es necesario saber:
1) fecha de nacimiento
2) tipos de aportes (aportes como trabajador autonomo o bajo relacion de dependencia)
3) En caso que los aportes sean o hayan sido bajo relación de dependencia, es necesario saber si tienen certificaciones de servicios y en que periodos trabajo en cada empresa. No obstante ello, es util saber si tienen la Clave de Seguridad Social ya que accediendo al portal del Anses (Mi Anses), se pueden ver los aportes que surgen del sistema de anses. Es importante saber si los servicios fueron efectuados bajo tareas de insalubridad.
En caso que tenga tambien o solamente aportes de autonomos, es necesario contar con la clave fiscal.
Una vez determinados los años de aportes, si alcanza los 10 años de aportes necesarios y cumple con la edad requerida (70 años las el hombre y la mujer), y tambien cumple con la totalidad de los requisitos de aportes exigidos por la ley 24.241, estariamos en condiciones de solicitar el beneficio de jubilacion ante la Anses, solicitando un turno en la pagina web de Anses, a fin de iniciar el expediente administrativo.
Pensión por fallecimiento de un jubilado:
DOCUMENTACIÓN:
DNI del titular
Partida de defuncion del causante
Partida de matrimonio
En caso de tener hijos menores, partida de nacimiento.
Recibo de haberes del causante.
En caso de que el cliente haya sido conviviente previsional, es necesario acompañar las pruebas necesarias de la convivencia:
Si tuvieron hijos, es necesario acreditar la convivencia publica en aparente matrimonio de los ultimos 2 años anteriores al fallecimiento del causante.
Si no tuvieron hijos, es necesario acreditar la convivencia pública en aparente matrimonio de los últimos 5 años anteriores al fallecimiento.
El tipo de pruebas que el Anses requiere, surge del siguiente listado: a) Información sumaria judicial o administrativa con dos testigos sin la participación del causante b) Comprobante de la Obra Social del titular, donde se encuentre como titular de la prestación la/el conviviente c) Documento de Identidad de ambos, donde surja que poseen el mismo domicilio -d) En caso de fallecimiento del titular de la prestación, sólo se exigirá Documento de Identidad de la/el solicitante donde conste igual domicilio que el causante en la Partida de Defunción o en los registros de ANSES e) OPP donde el/la conviviente figure como apoderado para percibir o, para tramitar y percibir e) Partida de Nacimiento de hijos en común, reconocidos por ambos convivientes
Pruebas, siempre que de ellas se pueda acreditar igual domicilio o convivencia: • Póliza de seguro, donde surja como titular de la prestación la/el concubina/o ; Contrato de locación familiar, debidamente sellada o timbrada, de donde surja que ambos conviven en el mismo domicilio ; • Documentos de Tarjeta de Crédito, de donde surja que ambos convivientes tienen igual domicilio, o son co-titulares de la misma -. • Documentación del Banco de la cuenta corriente / caja de ahorro, de donde surja que ambos convivientes tienen el mismo domicilio, o son co-titulares de la cuenta . • Servicios públicos a nombre del/ dela conviviente, de donde surja que ambos convivientes tienen el mismo domicilio -
Solicitar un turno en la pagina web de Anses, a fin de iniciar el expediente administrativo.
Pensión por fallecimiento de un trabajador:
DOCUMENTACIÓN:
DNI del titular
Partida de defuncion del causante
Partida de matrimonio
En caso de tener hijos, partida de nacimiento
En caso de que el cliente haya sido conviviente previsional, es necesario acompañar las pruebas necesarias de la convivencia:
Si tuvieron hijos es necesario acreditar la convivencia pública en aparente matrimonio de los últimos 2 años anteriores al fallecimiento del causante.
Si no tuvieron hijos, es necesario acreditar la convivencia pública en aparente matrimonio de los últimos 5 años anteriores al fallecimiento.
El tipo de pruebas que el Anses requiere, surge del siguiente listado: a) Información sumaria judicial o administrativa con dos testigos sin la participación del causante b) Comprobante de la Obra Social del titular, donde se encuentre como titular de la prestación la/el conviviente c) Documento de Identidad de ambos, donde surja que poseen el mismo domicilio -d) En caso de fallecimiento del titular de la prestación, sólo se exigirá Documento de Identidad de la/el solicitante donde conste igual domicilio que el causante en la Partida de Defunción o en los registros de ANSES e) OPP donde el/la conviviente figure como apoderado para percibir o, para tramitar y percibir e) Partida de Nacimiento de hijos en común, reconocidos por ambos convivientes
Pruebas, siempre que de ellas se pueda acreditar igual domicilio o convivencia: • Póliza de seguro, donde surja como titular de la prestación la/el concubina/o ; Contrato de locación familiar, debidamente sellada o timbrada, de donde surja que ambos conviven en el mismo domicilio ; • Documentos de Tarjeta de Crédito, de donde surja que ambos convivientes tienen igual domicilio, o son co-titulares de la misma -. • Documentación del Banco de la cuenta corriente / caja de ahorro, de donde surja que ambos convivientes tienen el mismo domicilio, o son co-titulares de la cuenta . • Servicios públicos a nombre del/ dela conviviente, de donde surja que ambos convivientes tienen el mismo domicilio -
Para iniciar este tramite, es necesario saber:
1) fecha de nacimiento del causante y fecha de fallecimiento.
2) tipos de aportes (aportes como trabajador autonomo o bajo relacion de dependencia)
3) En caso que los aportes sean o hayan sido bajo relación de dependencia, es necesario saber si tienen certificaciones de servicios y en que periodos trabajo en cada empresa. No obstante ello, es util saber si tienen la Clave de Seguridad Social ya que accediendo al portal del Anses (Mi Anses), se pueden ver los aportes que surgen del sistema de anses.
En caso que tenga tambien o solamente aportes de autonomos, es necesario contar con la clave fiscal.
Una vez determinados los años de aportes, si cumple con el requisito de regularidad en los aportes, de acuerdo a lo explicado en el word que envie con cada una de las prestaciones, estariamos en condiciones de solicitar el beneficio de pension por fallecimiento ante la Anses.
Solicitar un turno en la pagina web de Anses, a fin de iniciar el expediente administrativo.
Retiro por invalidez:
DOCUMENTACIÓN:
DNI del titular
Para iniciar este tramite, es necesario saber:
1) fecha de nacimiento..
2) Porcentaje de incapacidad laboral, ya que el cliente debe reunir el 66% de incapacidad fisica o intelectual.
3) Certificado Medico y resumen de historia clinica.
4) tipos de aportes (aportes como trabajador autonomo o bajo relacion de dependencia)
5) En caso que los aportes sean o hayan sido bajo relación de dependencia, es necesario saber si tienen certificaciones de servicios y en que periodos trabajo en cada empresa. No obstante ello, es util saber si tienen la Clave de Seguridad Social ya que accediendo al portal del Anses (Mi Anses), se pueden ver los aportes que surgen del sistema de anses.
En caso que tenga tambien o solamente aportes de autonomos, es necesario contar con la clave fiscal.
Una vez determinados los años de aportes, si cumple con el requisito de regularidad en los aportes, de acuerdo a lo explicado en el word que envie con cada una de las prestaciones, estariamos en condiciones de solicitar el beneficio de Retiro por invalidez ante la Anses.
Solicitar un turno en la pagina web de Anses, a fin de iniciar el expediente administrativo.
Amparos renta vitalicia previsional:
DOCUMENTACIÓN:
Acta poder judicial
DNI
Recibo de haberes del cliente.
Poliza de Seguro de Renta Vitalicia Previsional.
Expediente administrativo de pension por fallecimiento
Para iniciar este tramite, es necesario saber:
1) fecha de nacimiento del causante
2) Si la renta vitalicia previsional la perciben o la percibieron compartidamente con hijos menores.
3) Detalle de aportes del causante.
(aportes como trabajador autonomo o bajo relacion de dependencia)
Una vez reunida la documentacion requerida, se sortea el expediente judicial de Amparos y Sumarisimos, a fin de saber el Juzgado que va a entender en la causa.
Impuesto a las ganancias:
DOCUMENTACIÓN:
Acta poder judicial
DNI
Recibo de haberes del cliente.
Clave de Seguridad Social.
Una vez reunida la documentacion requerida, se sortea el expediente judicial de Accion meramente declarativa de Inconstitucionalidad, a fin de saber el Juzgado que va a entender en la causa.
Juicios de reajustes:
DOCUMENTACIÓN:
Acta poder judicial
DNI
Recibo de haberes del cliente.
Clave de Seguridad Social.
Para iniciar este tramite, es necesario:
1) Si tu jubilación fue otorgada por Anses
2) Tomar vista del expediente administrativo de Jubilacion o Pension por fallecimiento, a fin de obtener el Detalle del Beneficio.
3)Con el Detalle del Beneficio, donde se encuentra detallados la cantidad de años de aportes , tipos de aportes y remuneraciones percibidas durante los ultimos 120 meses para los casos que trabajaron bajo relación de dependencia; y el detalle de los años de aportes como trabajador autónomo, asi como las categorias autonomas o de monotributo que revistio el cliente, estamos en condiciones de efectuar un cálculo para determinar el haber reajustado que el cliente podria percibir, de acuerdo a la jurisprudencia actual, en caso de tener sentencia judicial favorable.
4) Saber si el aceptaste la propuesta por la ley de Reparación Historica, ofrecida por la Anses
5) Una vez reunida la documentacion requerida, se sortea el expediente judicial de Reajuste por movilidad, a fin de saber el Juzgado que va a entender en la causa.
Ejecución de sentencias:
DOCUMENTACIÓN:
Sentencia Judicial
Clave de Seguridad Social.
Para iniciar este tramite, es necesario:
1) Tener sentencia firme, pasada en autoridad de cosa juzgada.
2) Haber transcurrido el plazo de 120 dias dispuesto en el art. 22 de la ley 24.463, contados a partir de la recepción del expediente administrativo correspondiente por parte de la Anses, ante el incumplimiento del organismo previsional.
2) Tomar vista del expediente administrativo de Jubilacion o Pension por fallecimiento, a fin de obtener el Detalle del Beneficio.
3)Con el Detalle del Beneficio, donde se encuentra detallados la cantidad de años de aportes , tipos de aportes y remuneraciones percibidas durante los ultimos 120 meses para los casos que trabajaron bajo relacion de dependencia; y el detalle de los años de aportes como trabajador autónomo, asi como las categorias autonomas o de monotributo que revistio el cliente, estamos en condiciones de efectuar un cálculo para determinar el haber reajustado que el cliente debe percibir, de acuerdo a las pautas dispuestas en la sentencia dictada en el expediente judicial
4) Una vez practicada la correspondiente liquidacion, se deberá presentar en el expediente judicial, a fin de lograr su aprobacion .
5) Lograda la aprobacion de la liquidacion practicada, el siguiente paso es la traba de un embargo en la cuenta de la Anses, y posteriormente solicitar la transferencia de dichas sumas embargadas a la cuenta de seguridad social del jubilado.
Jubilaciones de argentinos que residen en el exterior:
DOCUMENTACIÓN:
DNI
Los clientes que efectuaron aportes bajo relacion de dependencia, deberan tener certificaciones de servicios de los empleadores, como asimismo, todo tipo de documentacion laboral que acredite haber trabajado en dichas empresas, por ejemplo, recibos de haberes, certificados de trabajo, constancias de afiliacion a las Cajas de jubilaciones que correspondan
En caso que fueran clientes que efectuaron aportes como autonomo monotributista, deberan acompañar la clave fiscal.
PASAPORTE
DNI LIBRETA,, LIBRETA CIVICA o LIBRETA DE ENROLAMIENTO
Para iniciar este tramite, es necesario saber:
1) fecha de nacimiento
2) tipos de aportes (aportes como trabajador autonomo o bajo relacion de dependencia)
3) En caso que los aportes sean o hayan sido bajo relación de dependencia, es necesario saber si tienen certificaciones de servicios y en que periodos trabajo en cada empresa. No obstante ello, es util saber si tienen la Clave de Seguridad Social ya que accediendo al portal del Anses (Mi Anses), se pueden ver los aportes que surgen del sistema de anses. Es importante saber si los servicios fueron efectuados bajo tareas de insalubridad.
En caso que tenga tambien o solamente aportes de autonomos, es necesario contar con la clave fiscal.
Una vez determinados los años de aportes, si alcanza los 30 años de aportes necesarios y cumple con la edad requerida (60 años las mujeres y 65 años el hombre), estariamos en condiciones de solicitar el beneficio de jubilacion ante la Anses.
En caso que falten años de aportes, pasamos a los requisitos indicados para los casos de Nueva moratoria Previsional o bien podemos “comprar” años de aportes a través de la moratoria de la ley 24.476, que es una moratoria mas reducida en el tiempo,, donde el cliente puede “comprar” años de aportes desde que el cliente cumplio 18 años hasta 09/1993. Esta moratoria, es muy conveniente en lo economico y muchísimo mas barata que la moratoria actual, con lo cual, si se puede, es bueno utilizarla. Tiene un plazo maximo de 60 meses.
Efectuado el analisis de aportes y determinacion de los años de aportes faltantes, es necesario solicitar un turno en la pagina web de Anses, a fin de iniciar el expediente administrativo.
Es necesario superar una evaluacion patrimonial y socioeconomica que efectua la Anses de acuerdo a los Ingresos brutos anuales, Manifestacion patrimonial y gastos/consumos, a fin de acceder al plan de pago en cuotas. En caso contrario, el cliente debera abonar en un solo pago.
4) Es necesario saber si el cliente percibe alguna prestacion previsional contributiva o no contributiva, incluyendo retiros y planes sociales. En caso que perciba una prestacion contributiva, es necesario saber el importe de dicha prestacion.
5) Es necesario saber la fecha de salida del pais. Dicha fecha se acredita con el sello de migraciones obrante en el Pasaporte; y con el Dni libreta, Libreta de Enrolamiento o Libreta Civica, donde surge el sello con el ultimo sufragio electoral.
6) Es necesario designar un banco apoderado para percibir en Argentina, a fin de que transfiera los haberes al banco en el exterior designado por el cliente. Cabe aclarar que la transferencia se efectua en la moneda del pais en donde reside el cliente.
Sucesiones:
DOCUMENTACIÓN:
1. Partida de defunción del causante
2. Partidas de nacimiento de los herederos para acreditar vinculos
3. Acta o libreta de matrimonio
4. Titulo de propiedad de los bienes que componen el acervo hereditario
5. Boleta del impuesto inmobiliario y municipal del año en curso
6. Si fuese testamentaria presentar el testamento
Pasos a seguir:
Una vez sorteada la demanda, se asignara un Juzgado quien va a entender en la causa
Hay dos tipos de sucesiones: Sucesion comun o AB INTESTATO ( el causante no ha dejado testamento), y la Testamentaria (el causante ha dejado testamento)
En la sucesion Ab Intestato, se compone de 3 etapas, tanto los procesos con jurisdiccion en CABA, como los procesos con jurisdiccion en la Provincia de Buenos Aires.
En una primera etapa, que llamamos de inicio, se acompaña el escrito de demanda conjuntamente con toda la documentacion (partidas de defuncion, matrimonio, nacimiento, titulos de propiedad). En esta etapa el Juez va a ordenar una serie de medidas preliminares como son, publicacion de edictos, oficio al Registro de Testamentos, consulta al Registro de Juicios Universales, etc)
La segunda etapa, esta compuesta por el dictado de la Declaratoria de Herederos
La tercera y ultima etapa, destinada a la partición de bienes y posterior inscripcion en el Registro de la Propiedad que corresponda.
En el proceso sucesorio Testamentario, las etapas son las mismas, solo que es necesario aprobar el Testamento.
Evaluación de la situación previsional a fin de establecer si se cumple con la condición de regularidad.
Colaboramos con nuestros clientes en la gestión de la documentación laboral y personal.
Elaboramos el plan de facilidades de pago, en caso de ser necesario y posible recurrir a la moratoria de autónomos para acceder al beneficio.
Gestionamos el trámite previsional, realizamos su seguimiento y el control de la primera liquidación, y generamos la presentación de recursos administrativos, en caso de error en la determinación del derecho o el haber.
Estimamos e informamos, la posibilidad de un reajuste en sede judicial del haber a los efectos de contar con un haber jubilatorio superior, en base a fallos preexistentes
Nueva moratoria previsional: Jubilaciones: Jubilaciones sin aportes: Jubilaciones para mujeres con reconocimiento de tareas de cuidado: Jubilación anticipada:
PUAM: Jubilaciones por edad anticipada: Pensión por fallecimiento de un jubilado: Pensión por fallecimiento de un trabajador: Jubilaciones de argentinos que residen en el exterior:
Cada uno de estos tramites, llevan un tiempo de tramitacion similar. Se resuelven entre 2 y 4 meses. Todo depende del tipo de tramite y del tiempo que tome la Anses en efectuar la verificacion de los aportes bajo relacion de dependencia. Una vez resueltos, el Anses pone al pago el beneficio en 2 meses mas.
No obstante ello, si bien no hay una norma de Anses que regule el plazo de resolucion, la Ley de Procedimiento Administrativo 19.549, en su art. 10, nos da la posibilidad de interponer un Pronto Despacho, transcurrido los 60 dias habiles desde la presentacion del expediente administrativo. En caso que transcurran 30 dias mas desde la presentacion del Pronto Despacho, es posible ocurrir a la justicia solicitando un Amparo por Mora.
Retiro por invalidez:
En el caso que se otorgue en sede administrativa; es decir, que la Comision Medica otorgue el 66 % de incapacidad, y el Anses resuelva el expediente, el plazo podria variar entre 6 a 8 meses.
Cabe aclarar que el Retiro por Invalidez, en sede administrativa, se otorga por una duración de 3 años prorrogables por 2 años más a consideración de la Comisión Médica.
Transcurrido ese periodo, el afiliado será citado nuevamente para una nueva evaluación. En esa ocasión, se emitirá un dictamen que podrá dejar sin efecto el beneficio transitorio anterior o que le permitirá acceder al Retiro Definitivo por Invalidez.
En caso que la Comision Medica no otorgue el porcentaje necesario para obtener el beneficio, y posteriormente, la Anses deniegue la solicitud del Retiro por Invalidez, y haya que apelar la resolucion denegatoria en la justicia de la Seguridad Social, el tiempo puede varias de 4 a 6 años.
Amparos renta vitalicia previsional: Impuesto a las ganancias: Juicios de reajustes:
Todos estos tramites judiciales, que llevan su proceso de tramitacion en Primera Instancia, Camara de Apelaciones y Suprema Corte, tienen una demora para obtener sentencia firme, de entre 4 y 6 años. Una vez obtenida la sentencia firme, el plazo de cumplimiento por parte de la Anses es incierto. Y a pesar de que en los casos de Juicios de reajuste de haberes, la Anses tiene un plazo de 120 dias habiles para cumplir con la sentencia, estos plazos en la gran mayoria de los casos no se cumplen.
Ejecución de sentencias:
El tiempo de tramitacion de las ejecuciones de sentencias, varian dependiendo del Juzgado que entiende en la causa; ya que los tiempos de aprobacion de cada uno de ellos es muy dispar.
El tiempo es muy dificil determinarlo, ya que ademas de tener un tiempo de aprobacion de la liquidacion practicada por nuestra parte, se adiciona el tiempo que demora la tramitación ante la Camara de Apelaciones, ante la apelacion de la Anses, a dicha aprobacion.
El tiempo aproximado, podria variar entre 1 y 3 años.
Sucesiones:
El tiempo de varia mucho segun la misma tramite en CABA o en Provincia de Buenos Aires. Sobre todo varian los tiempos que tarda el Registro de la Propiedad en inscribir la Declaratoria de Herederos.
Luego de iniciada la demanda ante los Tribunales competentes, debemos calcular entre 4 y 5 meses para el dictado de la Declaratoria de Herederos.
La inscripción de la Declaratoria de Herederos en el Registro de la Propiedad Inmueble, varia entre 6 a 8 meses.
En caso de otros bienes registrables, los procesos de inscripción varian entre 1 y 3 meses.
Al igual que los trabajadores bajo relacion de dependencia, los trabajadores autonomos o monotributistas, pueden jubilarse quienes reunan los requisitos de edad (hombres 65 años y mujeres 60 años) y cumpan con el requisito de años de aportes (30 años).
Ahora bien, este principio general de la edad y los años de aportes, surgen algunas excepciones, como son el caso de los Taxistas o Transportistas autonomos. En estos casos, en lineas generales, se puede decir que un taxista puede jubilarse a los 60 años de edad.
Deberas tener la Clave Fiscal, a fin de efectuar una liquidacion a traves del sistema SICAM, el cual se accede a traves de la pagina de AFIP.
Como regla general, segun la ley 24.241, tanto para los trabajadores bajo relacion de dependencia conm olos hombres se jubilan a los 65 años, y las mujeres a los 60 años.
Este principio general, sufre excepciones en los casos de trabajo riesgoso o insalubre. El trabajo riesgoso o insalubre es aquel que se realiza en lugares donde las condiciones, la modalidad o la naturaleza del trabajo afectan a la salud. Las personas que hayan trabajado en estas condiciones tienen requisitos diferentes para acceder a la jubilación, según la actividad realizada.
Si durante su vida laboral una persona trabajó por un tiempo en actividades de servicios comunes y otro en actividades riesgosas o insalubres, se tomarán en cuenta los requisitos de ambas para calcular la edad jubilatoria y la cantidad de aportes necesarios, para su situación en particular.
Como regla general, Lugares o ambientes que hayan sido declarados insalubres por autoridad nacional competente Decreto 4257/68 Art. 1°, Decreto 121/77 Art. 2°.
Edad: Hombres, 55 años. Mujeres, 52 años.
Servicios: 30 años.
A modo de ejemplo, tienen un regimen especial: Ferroviarios Edad 55 años los hombre y 52 las mujeres - Servicios requeridos 30 años; Frigorificos Edad 55 años los hombre y 50 las mujeres - Servicios requeridos 30 años hombres y 27 años las mujeres; Personal de Salud Edad 55 años los hombre y 52 las mujeres - Servicios requeridos 30 años; Personal de Transporte de Carga: Edad 55 años los hombre - Servicios requeridos 25 años; Transportistas Edad 55 años los hombre y 52 las mujeres - Servicios requeridos 30 años.
Si, la jubilacion anticipada esta contemplada en el Decreto 674/2021, mediante la cual las personas que cuenten con 30 años de aportes, le falten hasta 5 años para llegar a la edad jubilatoria, y estuvieran desempleadas al 30 de junio de 2021, pueden solicitarla y percibir el 80% del haber jubilatorio que le correspnderia percibir cuando alcance la edad para jubilarse.
Cumplida la edad, se abona en forma automatica el 100% del haber jubilatorio.
Si una persona quiere saber cuánto cobrará de jubilación, tiene que entender cómo se hace ese cálculo.
Trabajador bajo relacion de dependencia: Lo primero que hay que hacer, es sacar el promedio de los últimos 120 ingresos de trabajo en blanco. Es decir, los sueldos de los últimos 10 años en actividad, sin tener en cuenta el aguinaldo o Sueldo Anual Complementario (SAC) de ese período. Con el promedio, que generalmente es el 45% del sueldo percibido en actividad, se comienza a calcular la jubilación. Y a ese porcentaje se le agrega un 1% más por cada año de aportes que supere los 30 años obligatorios mínimos (con un limite máximo de 45 años).Es decir, que se suma un 1% más de jubilación hasta 15%.
Trabajador Autonomo y/o Monotributista: Para efectuar el calculo de la jubilacion de trabajadores autonomos, se toma la Renta de referencia. Que es la Renta de referencia? Es un monto que el Estado presume que percibia el trabajador autonomo, a los fines del calculo de la jubilacion. Cada categoria en la cual aporta el trabajador autonomo, tiene una Renta, y cuanto mas alta sea la categoria que aporta, mayor sera dicha Renta. Si, durante su vida laboral, el trabajador aporto en distintas categorias de autonomos, cuando se jubile, se efectuara un promedio de dichas Rentas, para determinar el haber como trabajador autonomo .
El Haber jubilatorio se compone de tres partes:
Prestación Básica Universal: suma fija que se actualiza trimestralmente y que se obtiene del cálculo que mencionamos anteriormente.
Prestación Compensatoria (aportes realizados antes del 30/06/94): Se calcula multiplicando 1,5% por la cantidad de años de aportes anteriores a junio de 1994. El porcentaje resultante es el que se aplicará al promedio del sueldo para obtener el valor de la prestación compensatoria.
Prestación Adicional por Permanencia (aportes posteriores al 30/06/1994): Se calcula igual que la prestación compensatoria pero con los años de aportes posteriores a la fecha indicada.
Si trabajé en empresas y esos aportes no figuran en ANSES, puedo presentar prueba para lograr su reconocimiento. Las pruebas mas comunes son: recibos de sueldo, comprobantes de afiliación a las Ex Cajas de Jubilaciones o afiliacion a obra social; Certificado de trabajo; Libretas de aportes, etc. Cuántos más aportes logro reconocer en el cómputo, más alta será mi jubilación.
Muchas veces ocurre, sobre todo en periodos anteriores a 06/1994, que no sale en la Historia Previsional (Sabana) de Anses, la totalidad de los periodos trabajados para una determinada empresa.
Es importante saber,en estos casos, que de acuerdo a la probatoria de servicios establecida por la Resolucion 524/2008 de Anses, si se presenta la certificacion de servicios del empleador, se consideraran acreditadas la totalidad del periodo laboral siempre que se constate en la Historia Previsional (sabana) un porcentaje igual o mayor al 25%.
En los casos donde el cliente no posee la certificacion de servicios, la Anses considera acreditadas la totalidad del periodo laboral siempre que se constate en la Historia Previsional (sabana) un porcentaje igual o mayor al 35%.
Es muy importante hacer valer la aplicacion de la Probatoria de servicios de Anses, a fin de lograr acreditar la mayor cantidad de años de aportes para, o bien, completar el requisito de años de servicios requeridos, o “comprar “ la menor cantidad posible de años de aportes con las moratorias vigentes, y asi pagar una cuota menor.
Si, tenes los mismos derechos que cualquier ciudadano argentino que vive en el Pais. Tenes que reunir la edad requerida (mujeres 60 años y Hombres 65 años) y reunir 30 años de aportes.
No importa si no tenes aportes o tenes pocos aportes, podes completarlos “comprando” años de aportes con cualquiera de las moratorias vigentes.
Es muy importante saber, que podes acreditar años de aportes ante Anses, hasta la salida del pais.