RETIRO POR INVALIDEZ

Tener hasta 65 años de edad cualquiera fuera el sexo.
Tener una incapacidad física o intelectual total del 66% o más.
No estar percibiendo la jubilación en forma anticipada.
Ser «aportante regular». Son aquellos que aportaron como mínimo treinta (30) meses dentro de los treinta y seis (36) meses anteriores aplica tambien a la causa Pinto, a la solicitud de la prestación o los que acrediten 30 años de aportes. En caso de no ser aportante regular deberá ser aportante irregular con derecho, que son aquellos que aportaron como mínimo 18 meses dentro de los 36 meses anteriores a la solicitud de la prestación o que reúna 15 años y que dentro de los 60 meses anteriores a la fecha de solicitud, registre por lo menos 12 meses de aportes.

– En la causa “Pinto Angela c/ ANSeS”, la Corte Suprema de Justicia de la Nación redujo los años de aportes necesarios para acceder a la pensión por fallecimiento y retiro por invalidez, disminuyendo la cantidad de años de aportes necesarios para tener derecho al beneficio.